Mi metodología pericial se basa en evidencia observable, no en certificados. Inspección técnica, análisis documental y contraste normativo. Nº perito judicial 0161.

Metodología Pericial Judicial: Técnica, Imparcial y Verificable

Como perito judicial nº 0161, rechazo informes basados únicamente en “certificados de obra”, “garantías del promotor” o “declaraciones del vendedor”. Mi metodología se fundamenta en lo que se puede ver, medir, documentar y contrastar con la normativa vigente. Este enfoque garantiza que mis informes sean admitidos sin objeciones en juzgados civiles, mercantiles y marítimos.

Principios de mi metodología forense

  • Evidencia observable: solo incluyo en mis informes lo que puedo constatar directamente (grietas, humedades, fisuras en casco, discrepancias físicas).
  • Imparcialidad absoluta: no represento a ninguna parte. Mi lealtad es al tribunal y a la verdad técnica.
  • Rigor normativo: todo hallazgo se contrasta con el Código Técnico, Ley de Ordenación de la Edificación, normativa náutica o urbanismo local.
  • Claridad procesal: redacto para que jueces y abogados entiendan la gravedad técnica, sin tecnicismos innecesarios.

Fases de mi proceso pericial

  1. 1. Recepción del encargo
    Análisis del objeto del peritaje: ¿defectos ocultos? ¿patología estructural? ¿daño en embarcación?
  2. 2. Inspección técnica in situ
    Registro fotográfico detallado, observación de síntomas activos, toma de referencias (ángulos, niveles, materiales).
  3. 3. Análisis documental
    Cotejo con escritura, catastro, licencias, planos, certificado de navegabilidad, historial de siniestros, etc.
  4. 4. Contraste normativo
    Verificación del cumplimiento de CTE, LOE, ordenanzas municipales, normativa náutica (RIPA, normas de amarre, etc.).
  5. 5. Elaboración del informe
    Estructurado conforme al artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con hechos, análisis y conclusiones técnicas.

¿Por qué esta metodología funciona en juzgado?

Los tribunales exigen informes que sean:

  • Objetivos: sin opiniones comerciales ni intereses cruzados.
  • Verificables: cualquier perito contraparte debe poder comprobar mis hallazgos.
  • Relevantes: centrados en el objeto del litigio, no en divagaciones técnicas.

Mis informes cumplen estos requisitos porque nacen de la observación directa, no de la confianza en terceros.

Diferencia con peritajes no judiciales o comerciales

Peritaje comercialMi peritaje judicial
Se basa en certificados del promotorSe basa en inspección directa
Busca cerrar una venta o un seguroBusca esclarecer hechos para el tribunal
Lenguaje ambiguo o promocionalLenguaje técnico, claro y procesal
Sin número de perito judicialNº 0161 – inscrito en listas judiciales

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